Hermanos, como deben saber, en el presente ejercicio y concretamente en el mes de Junio tenemos que celebrar, cumpliendo lo estipulado en las Reglas de nuestras Hermandad, Cabildo General Ordinario de Elecciones, pues bien para llevarlas a cabo hay que cumplir el calendario establecido.
A la vista de la situación actual del Estado de Alarma, decretado por el Gobierno de la Nación, motivado por la pandemia del coronavirus COVID-19, y ante la imposibilidad de llevar a cabo dichos plazos, el pasado 26 de marzo nos dirigimos vía correo electrónico a D. Miguel Vázquez Lombo, Delegado Episcopal para los Asuntos Jurídicos de Hermandades y Cofradías, al objeto de asesorarnos legalmente como actuar dentro de la legalidad.
Pues bien la contestación dice textualmente:
“Efectivamente, y dado los plazos que están establecidos en sus Reglas, las elecciones no podrían celebrarse en la fecha en la que indican las mismas – mes de junio -. Por tanto, en cuanto pueda reunirse la Junta de Gobierno y las circunstancias lo permitan, se fijará fecha para el Cabildo General de Elecciones y el calendario correspondiente, según las Reglas, comunicándolo a la Delegación Episcopal y solicitando una dispensa de la Regla 68, que será concedida sin mayor problema.”
En virtud de lo anterior, nos acogemos a lo estipulado en dicha comunicación.